28 de diciembre de 2021
El HCD autorizó la afectación y venta de fracciones del dominio privado municipal a Cementos Avellaneda S.A
El Honorable Concejo Deliberante de Olavarría sesionó de manera extraordinaria para dar tratamiento al expediente 380/21 que dispone, mediante dos proyectos de Ordenanza, la “Desafectación de fracciones de inmuebles del dominio público y afectación al dominio privado a favor de la firma Cementos Avellaneda S.A”.
En el inicio de la sesión la presidente del Concejo Deliberante Cecilia Krivochen convocó al concejal Carlos Coscia a izar la bandera argentina. Luego, a iniciativa del Frente de Todos, fue aprobado por unanimidad el ingreso de dos proyectos de Resolución que fueron girados a determinadas comisiones internas del HCD para su análisis.
En lo que respecta al expediente que motivó la sesión extraordinaria, el debate fue abierto por el presidente del bloque de Juntos, Martín Endere quien durante su fundamentación expresó “estos proyectos nos atraviesan en el tiempo”. Posteriormente, siempre del bloque Juntos, hizo uso de la palabra la concejala Guillermina Amespil, quien también dio argumentos solicitando al resto de concejales y concejalas que acompañen la Ordenanza.
Por moción del Concejal Endere, el cuerpo resolvió desdoblar la votación de los dos proyectos de Ordenanza contenidos en el expediente. Así se sometió a votación el proyecto que dispone la desafectación de fracciones de inmuebles del dominio público. La Ordenanza fue aprobada por mayoría con los votos de los bloques Juntos, UCR-Juntos y Ahora Olavarría. Así se convirtió en la Ordenanza N° 4805/2021
La misma sostiene en el Artículo 1°: “Habilítese la desafectación de fracciones de inmuebles pertenecientes al dominio Público Municipal, incorporándose al dominio Privado Municipal, a los efectos administrativos legales de habilitación al Departamento Ejecutivo, para el ejercicio del acto de disposición, conforme a determinaciones de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto/Ley 6769/58) sus modificatorias y normativa aplicable en la materia”. Por su parte el Art. 2 hace mención catastral de las fracciones en cuestión. En tanto el Art. 3 con sus modificaciones quedó redactado de la siguiente manera: “La desafectación de las fracciones de inmuebles establecidos en el Artículo 2°, es al solo efecto de la venta a la firma Cementos Avellaneda S.A”.
Tras esto la presidente del Concejo Deliberante, Cecilia Krivochen puso a consideración de los concejales y concejalas la segunda de las Ordenanzas contenida en el expediente en tratamiento. En ésta se analiza la venta de las fracciones determinadas a la firma Cementos Avellaneda S.A.
Allí el debate lo inició la concejala Celeste Arouxet quien además de enumerar una serie de críticas al proyecto de Ordenanza, mocionó el pase a comisión de la misma. Dicha moción fue rechazada por no “alcanzar la mayoría necesaria”.
Con la intervención del concejal Carlos Coscia se le dio continuidad al debate del segundo proyecto de ordenanza contenido en el expediente. Durante su intervención el concejal de Juntos realizó una propuesta de modificaciones al proyecto de Ordenanza original. Moción que fue aprobada.
Antes de la votación de la moción promovida por la bancada de Juntos, la concejala Mercedes Landívar, presidenta del Interbloque del Frente de Todos, expuso sus cuestionamientos al proyecto a lo que se sumaron las exposiciones de los concejales Juan Sánchez, Ubaldo García y Maximiliano Wesner.
Del debate también fue parte el presidente del bloque de concejales Juntos-UCR Sebastián Matrella. Allí mocionó para crear en el marco de la Ordenanza la creación de dos comisiones para hacer seguimiento a las dos ordenanzas aprobadas durante la sesión extraordinaria.
La segunda Ordenanza, al momento de la votación, fue aprobada por mayoría con los votos del bloque Juntos, UCR-Juntos y la negativa de los bloques Frente de Todos y Ahora Olavarría
Los detalles de la segunda ordenanza aprobada
La segunda Ordenanza es la N° 4806/2021 y establece en su Artículo 1 la enajenación de las fracciones que están contenidas en la Ordenanza precedente y fueron afectadas al dominio privado municipal. En otro artículo quedó establecido “determínese que el precio de venta es el equivalente en pesos – a la suma – de dólares un millón quinientos veintidós mil seiscientos tres con 96/100 (1.522.603,96), siendo su forma de pago mediante transferencia o depósito bancario en un único pago a realizarse al momento de la suscripción del contrato de compra venta, en una cuenta especial creada al efecto. Se tomará como valor de referencia el tipo de cambio DÓLAR BANCO NACIÓN VENDEDOR”. Además, la Ordenanza que autoriza la venta dispone en otro de sus artículos “La empresa Cementos Avellaneda S.A deberá garantizar hacer el efectivo cumplimiento y ejecución del “Cronograma de tareas”. Se deja en claro además que “la firma Cementos Avellaneda asumirá a su costo la obligación de realizar una nueva traza, la que será cedida al Municipio, asegurando la libre circulación en todo momento hasta la finalización de la nueva calle, la que deberá ajustarse a las especificaciones técnicas fijadas por el Municipio”. Ingresados los fondos y afectados los mismos se establece que el 50% del mismo será destinado al “desarrollo de infraestructura turística de las localidades serranas del Partido de Olavarría” y el 50% restante “al desarrollo de infraestructura de las localidades serranas y de los parques industriales del Partido de Olavarría”.