Se sancionó la Ordenanza que dispone la obligatoriedad de debates preelectorales

El Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° 5262/23 que establece la obligatoriedad de los debates preelectorales entre candidatos a Intendente y Concejales del Partido de Olavarría con la finalidad de dar a conocer y debatir ante la ciudadanía las plataformas electorales de los partidos, frentes o agrupaciones políticas.

Con esta Ordenanza todos los candidatos de Olavarría cuyas agrupaciones superen el piso de votos establecido para las elecciones PASO reguladas por la Ley N° 26.571.

El Concejo Deliberante de Olavarría será la autoridad de aplicación para el cumplimiento de la presente Ordenanza y también queda establecido que podrá delegar la realización y convocatoria en la Facultad de Ingeniería de la UNICEN.

La Ordenanza deja establecido que en el caso de que alguno de los candidatos no participe del debate el lugar asignado permanecerá “vacío” junto al resto de los participantes con el objetivo de “denotar su ausencia”.

En el caso de los debates de candidatos a concejales, la Ordenanza prevé que puedan participar los tres primeros candidatos de la lista quienes podrán alternar su intervención de acuerdo con el bloque temático que se trate.

La Ordenanza, que ahora deberá ser promulgada por el Departamento Ejecutivo Municipal, establece que se realizará un debate de Intendente en el caso de las elecciones Legislativas y un debate para los cargos de Concejales en el caso de que las elecciones sean solo legislativas.

Los debates públicos se realizarán en las instalaciones de la Facultad de Ingeniería dentro de los 14 y los 7 días anteriores al acto eleccionario.

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